Decreto sobre la solemnidad de San José

El obispo de Ciudad Real, don Gerardo Melgar Viciosa, publica un decreto sobre el precepto de la solemnidad de San José que celebramos el 19 de marzo, manteniendo el precepto para todos los fieles, excepto para aquellos que «tengan jornada laboral ordinaria».


Monseñor Gerardo Melgar Viciosa
Por la gracia de Dios y de la Sede Apostólica,
Obispo de Ciudad Real,
Prior de las Órdenes Militares
de Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa
 
Decreto (3/2024)

La Iglesia venera con especial honor a san José, el esposo de la Bienaventurada Virgen María y, por su importancia para la historia de la Salvación, ha reconocido esta solemnidad, por la Liturgia y el ordenamiento canónico, como fiesta primordial de precepto (cf. canon 1246).

En el presente año 2024, este día ha sido declarado laborable en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, en consecuencia, y para conocimiento de los fieles de la Diócesis de Ciudad Real, disponemos:

1. Mantener el precepto de dicha solemnidad, con obligación de participar en la celebración de la eucaristía el martes 19 de marzo.
2. Aquellos fieles que tengan jornada laboral ordinaria quedan dispensados del precepto.
3. Se ruega a los párrocos que informen a los fieles, con antelación, de estas decisiones y acomoden en lo posible los horarios de misas a las posibilidades y necesidades de los fieles.

Dadas en Ciudad Real, a quince de marzo de dos mil veinticuatro.

+ Gerardo MELGAR VICIOSA
Obispo de Ciudad Real
Prior de las Órdenes Militares